QUIÉNES SOMOS

La Fiscalía General es un organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, presupuestal, de gestión y para emitir las reglas conforme a las cuales sistematizará la información bajo su resguardo.

MISIÓN

A la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas le corresponde la investigación de los delitos y la persecución ante los Tribunales; procurar que los juicios en materia penal se sigan con toda regularidad para que la impartición de justicia sea pronta.

VISIÓN

La Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas aspira a ser un organismo consolidado más allá del poder político, porque lo que demanda el servicio público de procuración de justicia es independencia y objetividad.

OBJETIVO

Consolidar el sistema de justicia penal acusatorio, que implica recuperar la confianza de la ciudadanía con resultados, abatir la impunidad, eficacia en las investigaciones, sentencias condenatorias y resolver a los denunciantes el problema que plantean con la reparación del daño.

PRINCIPIOS RECTORES DE LA ACTUACIÓN DE LA FISCALÍA GENERAL

  • Unidad. La Fiscalía General constituye una unidad colectiva, actúa en representación del interés exclusivo y único de la Institución.
  • Indivisibilidad. Como unidad colectiva, la Fiscalía General, no obstante la pluralidad de Fiscales que la conforman, posee indivisibilidad de funciones.
  • Independencia. Los Fiscales son autónomos en su decisión sobre casos concretos, sin perjuicio de los mecanismos de revisión, supervisión, atracción y control jerárquico.
  • Jerarquía. La Fiscalía General constituye una estructura jerarquizada, cada superior controla el desempeño de quienes le asisten y es responsable por la gestión de los servidores públicos a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades en que cada uno de ellos pueda incurrir por sus propios actos.
  • Buena Fe. La Fiscalía General no persigue intereses propios o ajenos, sino que, como representante de la sociedad, realiza llanamente la voluntad de la ley.
  • Intervención. La Fiscalía General tiene potestad para conocer de cualquier asunto de su competencia, independientemente de cualquier circunstancia subjetiva que le acompañe.
  • Gratuidad. Los servicios que proporcionen la Fiscalía General y las policías durante la investigación y persecución de los delitos de su competencia serán gratuitos.
  • Legalidad. La Fiscalía General realizará sus actos con estricta sujeción a la ley. Siempre que tenga conocimiento de la posible comisión de un delito que se persiga de oficio o por denuncia, estará obligada a investigarlo.
  • Oportunidad. La Fiscalía General solamente dejará de investigar y perseguir los delitos, prescindir del ejercicio de la acción penal conforme a sus facultades discrecionales. Promoverá la aplicación de los mecanismos alternativos, y promoverá la paz social privilegiando la persecución de los hechos punibles que afecten gravemente el interés público.
  • Transparencia. La Fiscalía General deberá transparentar su gestión mediante la difusión de la información oportuna, verificable, inteligible, relevante e integral; favoreciendo la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar su desempeño.
  • Eficiencia. La Fiscalía General desarrollará sus funciones conforme a criterios de racionalidad administrativa que le permitan obtener los resultados óptimos tomando en consideración los recursos humanos, materiales y financieros disponibles.
  • Respeto a los Derechos Humanos. Todas las autoridades de la Fiscalía General tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
  • Perspectiva de Género. Todas las autoridades de la Fiscalía General tienen la obligación de llevar a cabo sus acciones con perspectiva de género.